domingo, 9 de diciembre de 2007

EL DERECHO AL AMBIENTE


El derecho al ambiente
Crisanto Gregorio León

Uno de los temas en materia educativa , referido a la educación ambiental , es el atinente al derecho al ambiente , es decir , al derecho que tienen todos los seres del planeta de contar con un medio ambiente en optimas condiciones , en las mejores condiciones , en la más deseadas condiciones de intocabilidad , en la búsqueda del rescate por la armonía ambiental . Y es que le compete al propio hombre que ha hecho carrera para desbalancear las características naturales del ambiente total; reponer o invertir su más grande esfuerzo en por lo menos garantizar que no se deprede más al ambiente. Porque ha sido precisamente el hombre quien ha desmembrado el planeta, quien ha extinguido especies del reino animal y del reino vegetal, ha hecho insalubres fuentes de agua dulce, ha destruido la capa de ozono y cada día inventa innumerables maneras para desolar al planeta.El estado de inconsciencia ha sido de tal magnitud, que si a través de las legislaciones no se logra darle coto al efecto multiplicador que se desencadena cuando se restan del ambiente aquellos elementos que constituyen el balance natural, entonces ciertamente estaremos despojando a la humanidad de un futuro prometedor, heredándoles al contrario un escenario desolador a quienes por lotería les toque "vivir" o medio existir en ese no deseado porvenir. Las legislaciones del mundo han pretendido abarcar en sus normas el más amplio espectro de situaciones que se puedan regular, para integrar a sus ordenamiento jurídicos, la mayor gama de previsiones para evitar que quienes a costa del ecosistema se las ingenian para obtener algún provecho personal en detrimento de la concepción de los derechos colectivos ambientales, se vean frenados de alguna manera. Las legislaciones ambientales, insufladas con el más caro anhelo de la humanidad consciente, generan previsiones educativas, normas sancionadoras y las reparaciones del daño ambiental. Pero todo ello es letra muerta, sin en nuestros corazones y en nuestras mentes no adoptamos formas altruistas de conciencias, capaces de generar cambios personales y colectivos, para que la defensa del ambiente sea en las estrategias de vida de la humanidad, un acto reflejo y hasta inconsciente como el respirar. Que ni siquiera tengamos que pensar que debemos limitar nuestra capacidad destructiva para no herir al ambiente, sino que logremos instropeccionar la necesidad que tenemos del ambiente para no destruirnos. En Venezuela, el artículo 127 constitucional establece que "es un derecho y un deber de cada generación proteger y mantener el ambiente en beneficio de sí misma y del mundo futuro. Toda persona tiene derecho individual y colectivamente a disfrutar de una vida y de un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado...". Y la avanzada normativa contenida en la Ley Orgánica de Protección del Menor y del Adolescente, en su artículo 31 dispone que "Todos los niños y adolescentes tienen derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, así como a la preservación y disfrute del paisaje".

crisantogleon@gmail.com

Abogado

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