domingo, 21 de agosto de 2022

PROYECTO DE CÓDIGO DE ÉTICA DEL DIRECTOR UNES (PROPUESTA QUE HICE A LA UNES EL 21/02/2021 )

ESTE PROYECTO DE CÓDIGO DE ÉTICA DEL DIRECTOR UNES , LO PRESENTÉ  EN FECHA 21/02/2021.

DE ESTE PROYECTO NO TENGO NOTICIAS DE QUE HAYA SIDO SOMETIDO AL CONSEJO UNIVERSITARIO COMO TAMPOCO TENGO NOTICIAS DE QUE HAYA SIDO APROBADO. ES UNA PROPUESTA PARA ESA CASA DE ESTUDIOS. 


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE LA SEGURIDAD

CONSEJO UNIVERSITARIO

212°, 163° y  23°

 

Código de Ética del Director UNES

«No hay moral institucional cuando una autoridad exige lo que no tiene como virtud»

«La tranquilidad ética es una conciencia de hombres y mujeres superiores»

«Algo sobresalta la compostura, cuando hay que llamar al orden, a la ética y a la moralidad»

 

Dr. Crisanto Gregorio León.

Ex Consultor Jurídico del Centro de Formación Zulia.

Universidad Nacional Experimental de la Seguridad.

 

Código de Ética del Director UNES

 

Exposición de Motivos

 

La Coordinación de Control de Estudios y La Coordinación Académica.- El Director es responsable ético de que estas Coordinaciones no se constituyan en pilares fundamentales de corrupción, dada las sensibles y estratégicas funciones y tareas que llevan a cabo. Las responsabilidades penales son personales de los titulares de esas oficinas, por las corruptelas que en estas coordinaciones se puedan desarrollar y que muchas veces son del conocimiento de todo el mundo menos del Director distraído, al que hay que darle el beneficio de la duda , cuando el ambiguo puede ser él.  De tal manera que el Director también es responsable penal, civil, administrativamente y en orden ético. Si no ha puesto oído ni vista a las alertas y al sentir UNES  y mantiene en esos cargos a personas que aunque sacan trabajo en volumen, también pueden ser  corruptos en volumen. Hay una responsabilidad solidaria entre los coordinadores y el Director. Y esa responsabilidad también es ética. Recordemos Jules de Goncourt “El más largo aprendizaje de todas las artes es aprender a ver.”

La Coordinación Administrativa.- El Director es responsable verbigracia por la integridad de los vehículos asignados a su Centro de formación, en tal sentido le corresponde la suprema vigilancia y exhaustivo monitoreo de la flota. El Director es responsable por el uso y destino de los bienes y recursos que a través de esta coordinación deba mantener operativos y en buen estado de conservación y esto es solo una arista.  Es lastimoso observar en los estacionamientos de los centros de formación, vehículos de años recientes – y la UNES solo tiene a la fecha 12 años de creación - , desvalijados, chatarras, y en muchos casos no se ha tenido la precaución de levantar las actas y la descripción detalladas de a las circunstancias por las cuales se encuentran deshuesados. Igual se puede decir de las computadoras y equipos. Sea como fuere las unidades que conforman esta Coordinación: administración, planificación y presupuesto, talento humano, servicios, tecnología, infraestructura, gestión comunicacional  y gestión prevención y control; deben protagonizar eficiencia y calidad al servicio de la UNES, pero lastimosamente ocultan –no todas -  graves sombras  en su desempeño por los manejos dudosos que envuelven la responsabilidad del coordinador. Estas dependencias deben ser operativas en función del CEFO y para sus requerimientos y necesidades. Y no para el servicio personal y  exclusivo del Director quien no debe aprovecharse de la autoridad que ostenta para desviar propósitos y alterar finalidades, en la mengua y desaparición de bienes y la asignación del personal a labores disociadas de sus funciones en lo que diría el manual descriptivo del cargo. Esas asignaciones no institucionales sino personales, se transforman entonces en desatenciones para el CEFO y en celestinaje para el personal. Es contrario a la ética y está prohibido para el Director destinar los recursos de cualquier índole de esta coordinación y de sus unidades adscritas para usufructo personal, ni para la venta, pues son para el servicio y provecho del CEFO. Distinguir entre el uso y abuso de la autoridad deja una delgada línea para corruptelas y celestinaje.

Los Servicios Médicos.- El Director responde éticamente por las extrañas desapariciones de los recursos e insumos médicos que reciba el centro de formación y que como el alcohol se evaporan con facilidad , o se desvanecen misteriosamente sin que se pueda alegar que haya sido la concentración y asiduidad de las consultas , cuando los registros de pacientes demuestran lo contrario.  La dotación médica y los insumos médicos, son de servicios médicos, para el personal unes y para los estudiantes.  Ninguna dotación ni ninguna donación que se haga al CEFO para los servicios Médicos puede ser objeto de adueñamiento por parte del Director. Es criminal y monstruoso que al igual que en los hospitales un Director en connivencia con otros funcionarios inescrupulosos incluso con prevención, hagan inventario de lo que recibe el CEFO para repartírselos entre ellos y venderlos en el mercado de la ciudad. El Director debe entender que los bienes y toda dotación que recibe el CEFO no son para él. La condición de Director es para dirigir el Centro de Formación y eso no lo faculta para depredar a este centro educativo. El Centro de Formación no es propiedad del Director; es una institución de los venezolanos, en  la cual se está formando juventud, para combatir y disminuir el delito, de modo que es contradictorio que el organismo dedicado a formar hombres y mujeres para combatir el delito, sea un foco de delincuentes. La responsabilidad penal y ética es solidaria del Director y del Jefe de Servicios Médicos.  Es inaudito que en la universidad de la seguridad no se provea de seguridad.

Quien no es estudiante activo no se  gradúa. Es deber ineludible para el Director cerciorarse de que solo se gradúen personas que cumplan con todas y cada una de las obligaciones que implican o envuelven ser un estudiante. Estar inscrito no es garantía de ser estudiante activo sino cumple con los deberes inherentes a ese estatus.  Está prohibido cobrar en dinero, en especie, en favores sexuales y en cualesquiera otras formas inusuales, aunque no estén previstas aquí;  para alcahuetearles y permitirles a los estudiantes evadirse de sus asistencias obligatorias a clases, de sus estudios  presenciales o a distancia y/o de no presentar o exonerarse de  evaluaciones  o a cualquier actividad programada,  o a los eventos convocados por las autoridades competentes de la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad.  Es una grande y grave vergüenza institucional que en los actos de grado o al momento de entregar títulos o diplomas, el resto de los graduandos y funcionarios y docentes honestos,  se sientan burlados, engañados y se alarmen y sorprendan al constatar en primera línea que personas que nunca asistieron ni a clases,  ni a evaluaciones o personas desconocidas por ellos estén recibiendo en ese acto un título o un diploma por  el que no estudiaron, pues nunca pisaron el CEFO o su único mérito fue el de  servir de furriel a algún jefe de Academia o haber realizado actividades “non sanctas”.

Residencia obligada del estudiante UNES.-  Salvo disposición contraria del Consejo Universitario , todo aspirante a cursar estudios , o que  aparezca como cursante  de estudios  en la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad , debe estar residenciado físicamente en la República Bolivariana de Venezuela. No basta con que aparezca en documentaciones y demás instrumentos de identidad como que su residencia está en la República Bolivariana de Venezuela, sino que su persona física debe  estar dentro de los espacios territoriales de la nación, por ello debe asistir personalmente al recinto universitario a diligenciar sus trámites y /o para recibir sus clases presenciales cuando les sean requeridas. Los únicos estudios virtuales o a distancia permitidos son aquellos programados por razones de planificación necesaria y que se lleven a cabo para una población estudiantil que físicamente se encuentra dentro del territorio Nacional. Especial control debe tener el Director del CEFO de que nadie que se encuentre físicamente fuera del territorio venezolano, funja o aparezca  como estudiante o discente en la UNES y eso incluye a los participantes de PNFA SC. El Director es responsable ético de que esto se cumpla efectivamente y salvo también de convenios internacional de la UNES;  que nadie obtenga ninguna distinción académica y que no hayan fraudes académicos para obtener grados desde otros países sin que el estudiante o el participante se encuentre dentro del territorio nacional.

Prohibición de exigir cursos previos en empresas privadas como garantía de cupo.- Está prohibido que El Director del CEFO, directamente o a través de interpuestas personas naturales o jurídicas, y con el objeto de garantizar el cupo para cursar estudios en esta Universidad Nacional Experimental de la Seguridad, se alíe para enriquecerse a través del ofrecimiento de  cursos previos en adiestramiento de seguridad y en otras disciplinas que ofrece la UNES , vendiendo la imagen pública o privada de que  al hacer tales o cuales cursos la universidad entonces los absorberá ipso facto e ipso iure como estudiantes regulares de la UNES. Es contrario a la ética el Director del CEFO, aceptar o practicar  tales convenios ni de forma expresa ni tácita. Están prohibidas esas alianzas de negocios antiéticas.

La ética de las intenciones.- Durante el proceso de formación intramuros o extramuros, están prohibidos y proscritos, todos los tocamientos y acercamientos, extraños y de reprochable intención a los estudiantes sea cual sea su género, salvo aquellos que no son del tipo descrito y sean necesarios  para las asignaturas o unidades curriculares: Educación Física, Deporte y Recreación,  Uso prolongado y Diferenciado de la Fuerza y Uso de la Fuerza Potencialmente Mortal.  Evalué usted la ética de sus intenciones al querer darle una manifestación afectuosa de diversa índole o  beso en la mejilla a un o una estudiante. Absténgase de hacerlo cualesquiera sean sus intenciones. Cuide su imagen. No se exponga ni exponga a la UNES a criticas innecesarias. Ninguna autoridad, ni ningún personal UNES,  ni en comisión de servicios, debe “hacer cosas buenas que parezcan malas, ni cosas malas que parezcan buenas” y esto último es aplicable a la filosofía que inspira todo este cuerpo normativo o Código de Ética. 

De los procedimientos disciplinarios.-  Es violatorio de la ética UNES, ralentizar los procesos y procedimientos disciplinarios sin justa causa.  No se deben dilatar los procedimientos disciplinarios para llegar a acuerdos monetarios, sexuales o de cualquier índole para dejarlos sin efecto. También está prohibido amenazar con abrir procedimientos disciplinarios sancionatorios para promover arreglos para desestimarlos o no impulsarlos. Atinadamente expresó La Rochefoucauld que “nuestras virtudes son más frecuentes, pero nuestros vicios se distinguen mejor”; una verdad de Perogrullo que trasladada a la función pública implica que la mayoría honesta que constituye la regla en la administración se ve desprestigiada por la minoría indecente, que si bien constituye la excepción, hace deslucir al funcionario ante la opinión pública, por la mayor vistosidad que tiene el vicio sobre la virtud. Cuando un procedimiento disciplinario se difiera, demore o postergue, aplace o posponga, debe ser por causas legales, entre las que contamos por ejemplo días inhábiles para laborar, falta de equipos como computadoras e impresiones, hojas de papel, en fin falta de material de oficina o falta de electricidad, o que la cuantía o el bulto de trabajo impida humanamente darle celeridad a los procesos. Y que esta enumeración de posibles causas de retraso no se constituya en la excusa perfecta para no abrir, ni impulsar, ni proseguir un procedimiento sancionatorio. Se desea evitar que a las oficinas y a los funcionarios que les corresponde darle impulso, los aguantan y los retardan  maliciosamente para que se pierda su memoria o en la espera de algún acuerdo ilícito e ilegal para engavetarlo. De modo que está prohibido retardar sin justificaciones legales ni éticas, el inicio y prosecución de los procedimientos administrativos sancionatorios. Así como también está prohibido amenazar a los estudiantes con abrirles procedimientos administrativos sancionatorios cuando no hay justa causa para ello. 

Respeto a los Derechos Humanos.- Es contrario a la ética hacer uso de la condición de Director para minimizar a los empleados y funcionarios. Está prohibido mofarse de ellos y de sus desventuras o desgracias y / o de sus aspectos físicos o apariencias personales, de cómo visten o de sus cortes de cabello,  así como de sus condiciones de trabajo y la dimensión exigua de su oficina o de los recursos de los cuales depende esa dependencia. El Consejo Directivo tiene sus propias normativas para su desarrollo y no debe ser un santuario para enaltecer la figura personal del Director, como tampoco sus valimientos  sino para tomar acciones y decisiones para el óptimo desenvolviendo del cefo y de su misión, visión, y propósitos de creación. Están prohibidas las burlas expresas y disimuladas, así como el agravio y el escarnio  encubiertos, que los Directores dirigen a sus empleados pretendiendo que no se les entienden y que el funcionario ofendido o aludido prefiere callar para no victimizarse y evitar problemas mostrando una prudencia que no es característica de algunos directores insuflados de jactancia y prepotencia, que por enfermiza ostentación del cargo se creen justificados para humillar a su personal.  San Agustín de Hipona dijo “La soberbia no es grandeza sino hinchazón; y lo que está hinchado parece grande pero no está sano”. Es contrario a los derechos humanos y constituye una violación constitucional y legal que el Director creyéndose justificado en su condición de máxima autoridad el CEFO , entonces se jacta impunemente en  ofender, degradar, avergonzar, denigrar, deshonrar, desdeñar, rendir, afrentar, despreciar, envilecer, doblegar, someter, mortificar, menospreciar, sojuzgar, oprimir, pisotear, maltratar, humillar e injuriar al personal UNES y a los estudiantes.

La comida es del CEFO.- El Director debe dirigir la consecución de cosas buenas y útiles para el Centro de Formación, esa es la esencia de su designación y su compromiso ético. Está prohibido desviar las provisiones de alimentos dirigidas al CEFO para su personal o para los estudiantes y darle destinos desconocidos. Está prohibido menguar la comida,  la alimentación, provisiones y otros insumos de consumo humano,  de los estudiantes y del personal UNES con la finalidad de racionarlos arbitrariamente para que alguna autoridad y otras personas, empleados  u obreros se la apropien.  No importa la forma lícita como el CEFO se haya provisto de esa comida o alimentación, así por recursos propios, sea por donaciones directas del gobierno en cualesquiera de sus niveles, u otras instituciones públicas o privadas, o por diligencias personales del Director  u otro funcionario.  La única manera en que se debe distribuir medida  equitativamente la comida y la alimentación es cuando ésta es poca en cantidad y deba ser administrada racionalmente para que alcance para todos los comensales, pero que esto no puede constituirse en una regla ni en una excusa con el propósito de hurtar o robar consuetudinariamente y de manera habilidosa, la comida que es para el CEFO y no para autoridades particulares que se den a la tarea de apropiarse la comida.  Son inconcebibles episodios de estudiantes desmayados y famélicos porque no han ingerido un bocado de comida en su casa y en el CEFO tampoco tienen que consumir porque alguien se ha robado la comida.

Las donaciones son para el CEFO.- El Director es responsable legal y ético de los bienes y servicios destinados al CEFO. Por eso debe velar como buen padre de familia para que estos recursos no se extravíen de ningún modo.  La enumeración que aquí se hace es meramente  enunciativa y en ningún modo taxativa, por lo que cualesquiera otras donaciones no incluidas aquí igual deben ser regidas por esta norma. Cualquier donación que no tenga como propósito obtener ilícitamente un provecho individual ni un perjuicio institucional, y que en esos términos sea aceptada para el CEFO, es para el CEFO  y no para ninguna autoridad en particular, ni para ningún funcionario,  ni docente,  ni obrero.  Es censurable y éticamente reprochable,  aceptar donaciones del tipo o clase que sea, se trate de bienes fungibles o perecederos, sean bienes tecnológicos o de tecnología, repuestos para vehículos, vehículos, computadoras, software, pintura, materiales de construcción, provisiones y  equipamientos de cualquier naturaleza, alimentos, cantidades de dinero en moneda nacional o divisas sean físicas o digitales o criptomoneda, también llamadas monedas virtuales o criptodivisas sin dar cuenta a la autoridad superior y expresar su finalidad y sus razones éticas y legales  para recibirlas.  De ello se debe dejar constancia en acta elaborada al efecto y donde firmen el donante y el donatario, junto con  las razones y la finalidad para lo cual se hace y se recibe la donación. Está prohibido aceptar donaciones de cualquier tipo con la excusa de ser para el CEFO y que no se queden en el CEFO.

Los aranceles son de FUNDAUNES.- Está prohibido  cobrar en dinero, en especie, en favores sexuales y en cualesquiera otras formas inusuales, aunque no estén previstas aquí;  por cupos para ingresar a estudiar a la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad; por preservar o garantizar cupos o el mantenimiento de la condición de estudiante estando inasistente o para reingresar, por indagar sobre el estatus académico de algún aspirante o nuevo ingreso,  para obtener, títulos, diplomas, cursos y cualquier otra certificación educativa o académica . El Director es el responsable legal y ético de que estos fenómenos de corruptela no se presenten y de seleccionar el personal de comprobada moralidad e idoneidad para evitarlos y desarraigarlos del CEFO. Todo pago que deba legalmente hacer un estudiante se denomina arancel y deberá ser enterado en la cuenta de FUNDAUNES.

Remoción del cargo al infiltrado. No es el émulo idóneo.-  En cualquier tiempo que se descubra que algún funcionario de los  descritos en el artículo primero, tiene historial policial, será removido de su cargo o no podrá asumirlo si es aspirante o postulado para su desempeño.  Porque es alarmante y contrario a toda ética; que si a los aspirantes a estudiar en la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad  no se les permite el ingreso ni tampoco su egreso como graduado, cuando están o hayan sido sometidos a cualquier proceso penal o administrativo;  entonces es absurdo que alguna autoridad a la que el estudiante deba respeto y obediencia si posea registros o historial policial.  No hay moral institucional cuando una autoridad exige lo que no tiene como virtud. Imagínese nada más por ejemplo que la persona que funja como Coordinador de Control de Estudios, siendo a su vez el Jefe de Selección, registre historial policial. Eso es un contrasentido «in terminis», una paradoja institucional, una vergüenza a la conciencia UNES, es pisotear la imagen del Alma Mater. Un hombre y una mujer de pensamientos diáfanos, íntegros y honestos, con propósitos  no delincuenciales, no se cuela ni se infiltra como gente decente y sin macula de historial policial en una institución para la formación de funcionarios que deben ser vigilantes de la legalidad y de la seguridad ciudadana. Pareciera más bien que con su permanencia en esos puestos o cargos un funcionario con historial policial y que además sea señalado por todos por actos de corruptela, se está haciendo de recursos mal habidos y  de una pandilla o banda con fines delincuenciales ex tunc y ex nunc.

Como un buen padre de familia.-  Es deber del Director comportarse en público y en privado como un buen padre de familia, no en apariencia sino en esencia. La Universidad Nacional Experimental de la Seguridad, posee una visión, una misión y un propósito de creación. En función de esos parámetros se persigue la formación de las y los estudiantes UNES, para obtener un producto de calidad.  En tal sentido, el ejemplo es la mejor garantía de formación en los menesteres a que está abocada esta Alma Mater. Son las autoridades, especialmente el Director la figura que ellos mayormente quieren emular. Ven en quien posee la cabeza de la institución un líder al cual desean imitar. En tal sentido el Director debe comportarse con corrección y no dar señales de anti líder.  Por tal virtud, el desempeño del Director debe ser coherente, con los valores y principios éticos y académicos que se anhelan de los estudiantes de la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad. No se deben dar malos ejemplos dejando las aspiraciones de la gente que quiere servir, proteger y defender al pueblo con disvalores como percepciones distorsionadas de lo que debe ser un funcionario policial o cualquier funcionario al cual se fije de la UNES como una guía para ser mejor persona, mejor ciudadano y mejor funcionario.

 La población etaria estudiantil, salvo el PNFA SC, está integrado mayormente por personas que aún están en construcción de sus personalidades, según la psicología más avanzada.  De modo que es obligación de las autoridades, lucir y exteriorizar sus mejores atributos personales, vencer sus demonios y mostrar sus mejores cualidades humanas y sobre todo  saberse corregir, para no ser percibidos de forma impropia.  El Director UNES y el resto de las autoridades deben ser la imagen de un buen padre de familia. Formar con el ejemplo y con corrección ética.

La tranquilidad ética es una conciencia de hombres y mujeres superiores.- Ningún funcionario que tenga ascendencia jerárquica y autoridad sobre otras autoridades del CEFO, o que  sean «primus inter pares», además de compañeros de trabajo,  así no sean estas académicas o docentes, se encuentra en condiciones éticas para cursar y recibir  estudios en la UNES pues son mayormente las excusas que tendrán sus profesores para beneficiarlos sin asistir a clases y sin evaluarlos correctamente. Y como quiera que es mentira que un Director de un CEFO por ejemplo no va a ejercer influencia de diversos modos con su cargo, por su autoridad y a través de su figura para que quienes tengan a cuenta evaluarlo apliquen un  «laissez faire laissez passer» y así logran graduarse estas autoridades mediante fraude académico incluso con endémicos veinte puntos; contrariando la doctrina del hombre ético « Ethicam doctrinam», que a pesar de no estar prohibido legalmente, la tranquilidad ética es una conciencia de hombres superiores.  En tal sentido, se exhorta a la conciencia ética de los funcionarios en roles directivos o jefaturas regionales  quienes deseen cursar estudios y obtener titulaciones en la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad a renunciar a los cargos de autoridad que ostentan, cuando mayormente el deseo es de estudiar y no de aprovecharse de su jerarquía habiendo un desarraigo moral subyacente. Ambas cualidades o condiciones chocan y se contraponen en el plano ético.  Los títulos obtenidos por funcionarios en el ejercicio de cargos de jerarquía siembran la duda sobre su obtención ética y dejan un aroma de inmoralidad.

La desconfianza en la rectitud para la consecución de esos títulos académicos con el aprovechamientos de esas jerarquías, invade la conciencia colectiva intramuros UNES; calíbrese entonces la opinión pública en general, al enterarse de esa descomposición moral, de la ceguera complaciente de un  mundo incorrecto, aunque haya quienes lo pretendan silenciar con una acomodaticia y escandalosa ambigüedad.

La piña y el equipo.- La estrategia gerencial es hacer piña entre los directores y jefes regionales para lograr los propósitos sublimes del CEFO y no los intereses subalternos del Director. El Director  debe ser un hombre ganado a hacer prevalecer los intereses propios de la conciencia UNES. Aceptar el cargo de Director teniendo en mira otras perspectivas distintas a las consagradas en la misión, visión y propósito de creación de la Universidad Nacional Experimental de la seguridad es un contrasentido y una aberración, que impedirá o anulará el sano y coherente ejercicio de sus funciones. 

No sabotear la sala situacional.-  Es contrario a la ética manipular y sobornar  a los funcionarios que están encargados de la sala situacional, para que sus informes y hallazgos no sean trasmitidos ni reportados  conforme se han suscitado  y peor aún para que supriman lo que realmente es noticia o novedad, todo con el objetivo de deformar la información u ocultar las alarmas que implican la gravedad de los hechos que se pretenden tergiversar, metamorfosear u omitir. Es censurable éticamente ofrecer a los funcionarios encargados de la sala situacional regalos, premios,  sobornos de cualquier naturaleza, u otros cargos funcionariales  o destinos para el desempeño laboral con tal de quitarlos de en medio para colocar a otro jefe de sala situacional complaciente y que guarda complicidad con el Director para producir informes amañados o simplemente no producirlos. El funcionario de sala situacional debe estar comprometido con la conciencia UNES y desarrollar su actividad conforme los intereses de la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad y no para favorecer ninguna persona en particular. Los informes presentados por los encargados de la sala situacional deben ser objetivos y trasmitir la información de los hechos tal cual se han producido, sin mutilar detalles ni excluir involucrados.

Agenda prohibida para el Consejo Directivo.- Prohibido someter a la aprobación del Consejo Directivo o Directorio situaciones manifiestamente inconstitucionales,  ilegales o contrarias a la ética. Es una grave y reprochable osadía ética por parte del Director  que aun estando consciente de que lo que propone y somete al conocimiento del Consejo Directivo es violatorio de la filosofía que inspira la misión, la visión y el propósito de creación de la UNES, aun así pretende hacerse el desentendido y ponga en marcha en una “trampa cazabobos”, ante sus personales intereses inconfesables, a veces aun recibiendo órdenes superiores de que no debe hacerlo exhibiendo con ese proceder mayor despropósito ético. 

El Consejo Directivo, no debe ser un altar ni un santuario para la auto exaltación de la imagen personal del Director, algo que mucho dice de sus vacíos internos y disminuye en gran medida sus méritos académicos o intelectuales, que seguramente debieron ser evaluados al momento de designarlo en el cargo. En cuanto a las  relaciones de valimiento del Director, es un deshonor para quienes lo respaldan en el cargo que se refiera a ellos como su garantía en el puesto mientras su desempeño enloda su reputación y con ello alcanza en desprestigio a quienes creyeron en su ética y probidad. No pocas veces los Directores arguyen relaciones de compadrazgos o familiares o afines con sus superiores, para que nadie se atreva a denunciarlos de sus hechos de corrupción, pues sería una pérdida de tiempo, de esfuerzo y además de gastos, y así acalla a las posibles voces que puedan llevar a instancias superiores sus desmanes, violaciones legales y éticas.

 

Respeto a los Derechos Humanos.- Es contrario a la ética hacer uso de la condición de Director para minimizar a los empleados y funcionarios. Está prohibido mofarse de ellos y de sus desventuras o desgracias y / o de sus aspectos físicos o apariencias personales, de cómo visten o de sus cortes de cabello,  así como de sus condiciones de trabajo y la dimensión exigua de su oficina o de los recursos de los cuales depende esa dependencia. El Consejo Directivo tiene sus propias normativas para su desarrollo y no debe ser un santuario para enaltecer la figura personal del Director, como tampoco sus valimientos, sino para tomar acciones y decisiones para el óptimo desenvolviendo del cefo y de su misión, visión, y propósitos de creación. Están prohibidas las burlas expresas y disimuladas, así como el agravio y el escarnio  encubiertos, que los Directores dirigen a sus empleados pretendiendo que no se les entienden y que el funcionario ofendido o aludido prefiere callar para no victimizarse y evitar problemas mostrando una prudencia que no es característica de algunos directores insuflados de jactancia y prepotencia, que por enfermiza ostentación del cargo se creen justificados para humillar a su personal.  San Agustín de Hipona dijo “La soberbia no es grandeza sino hinchazón; y lo que está hinchado parece grande pero no está sano”. Es contrario a los derechos humanos y constituye una violación constitucional y legal que el Director creyéndose justificado en su condición de máxima autoridad el CEFO , entonces se jacta impunemente en  ofender, degradar, avergonzar, denigrar, deshonrar, desdeñar, rendir, afrentar, despreciar, envilecer, doblegar, someter, mortificar, menospreciar, sojuzgar, oprimir, pisotear, maltratar, humillar e injuriar al personal UNES y a los estudiantes.

Prohibición del maltrato psicológico.-  Además de las responsabilidades , penales , civiles y administrativas a que hubiere lugar , está prohibido y  no es ético que Directores  con personalidades morbosas y perfiles de piscología oscura, con rasgos narcisistas, expertos en sadismo, maquiavélicos o psicópatas, usen técnicas de manipulación psicológica para anular  la fuerza de voluntad, destrucción de la autoestima, venganza pasivo-agresiva, propiciar realidad confusa y en ello emplean a modo de expertos técnicas de manipulación psicológica tales como gaslighting ,aislamiento, refuerzo positivo ,castigo, persistencia, gritos ,tratamiento silencioso ,intimidación, aprendizaje traumático de una prueba, manipulación de los hechos ,control mental y juegos mentales. Directores que con comportamientos y rasgos de carácter manipuladores , les es connatural mentir por comisión y por omisión, negación, racionalización, minimización, desvío y evasión, intimidación encubierta y culpabilidad, avergonzar, difamar a la víctima,  desempeñar el papel de víctima y el de siervo, seducción, proyectar la culpa y blandir el enojo. Estas formas de sumisión y de técnicas psicológicas de dominación están prohibidas que el Director las ejecute, experimente, las aplique al personal del CEFO y a los estudiantes.  Por todo lo descrito es deseable que quienes vayan a ejercer o ejerzan los cargos de Directores sean igualmente sometidos a las pruebas psicológicas que les aplican a cualquier personal que ingresa a la UNES. Pues caras vemos, pero enfermedades mentales no sabemos.

Proscripción de los disvalores o antivalores.- El Director debe ser el primer y más claro ejemplo de valores éticos, que sea el reflejo y proyección de una persona justa y sana. La realización encubierta de todas las conductas antiéticas que aquí se describen y las que no se enumeran pero que se entienden igualmente reguladas por este Código, van creando un ambiente de cómplices que oscurece la imagen de la institución que se presume debe ser amada. Es como un acto de adulterio que destruye un matrimonio por el cual hay que luchar para salvarlo y mantenerlo sano y no obstante el cónyuge adúltero ni por amor a los hijos cuando los hay, decide pensar y valorar los tiempos auténticos. Así es cuando la corrupción destruye lo bueno que de las instituciones es menester salvar. Es urgente desbordar a la UNES con lo más noble de cada cual para rescatar los valores UNES, sembrar valores ciudadanos y no permitir que los deformaciones en la apreciación del deber ser terminen con la continuidad y la utilidad de lo que realmente es correcto. Las personas dan lo que tienen y como es adentro es afuera. Por de modo que  el Director con su conducta dice quién es y que hay dentro de sí.

Un Director inestable e impulsivo.- Entre otras características deontológicas exigibles al Director UNES, es que en el ejercicio de sus funciones evite extralimitaciones y la pérdida del propio control emocional y de carácter. El Director debe guardar compostura, para eso es el Director.  Es despreciable un Director por sus cualidades negativas. Además quien se desempeñe en el honorable cargo o puesto de Director UNES, debe ser una persona con estabilidad personal. Es repudiable atestiguar como el Director de un CEFO manifiesta y exterioriza tal grado de desorden de la personalidad ante situaciones en las que como Director debiera vencer sus propios ímpetus. Ya dijo Lao Tse; «el hombre que vence a otro hombre es fuerte, pero el hombre que se vence a sí mismo es poderoso». Un hombre altanero y fuera de sí, incapaz de auto controlarse ante las innumerables situaciones que se presentan o que él mismo provoca, no es un buen Director para un CEFO UNES. Una persona sin autocontrol emocional: Reacciona de forma impulsiva, actúa sin apenas pensar y sin reflexionar en las consecuencias de sus actos, suele estar a la defensiva, se enfada y se deprime ante situaciones de estrés y la UNES no puede tener como Director una persona con esos trastornos de la personalidad.

Autenticidad.- Es deseable especialmente que el Director sea una persona auténtica y que no aglomere en  su personalidad las características que en psicología describen a una persona falsa. El único verdadero propósito que debe permanecer en el Director es  mantener en equilibrio y armonía la conciencia UNES para catapultar su CEFO a estándares de optimización éticas, para el ingreso de gente ganada a servir a la patria y de egresar funcionarios que hayan asimilado sus estudios con honestidad e integridad. La autenticidad no es compatible con innobles intenciones. Se requieren como Directores, gente ganada a conformar su conducta con lo que se espera de un servidor de la patria, con todo cuanto está escrito en la misión, visión y propósito de creación de esta Alma Mater y en todas sus normas, reglamentos y actos normativos. Es obligación del Director del CEFO conocer e interpretar las Normas de Convivencia de las y los Estudiantes de la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad, para darle correcta aplicación y no un sentido contrario a lo que ellas persiguen. Recuerde que «obra contra la ley quien hace lo que ella prohíbe y en fraude de la ley quien respetando las palabras legales elude su verdadero sentido».

El respeto mutuo y la circunspección .- Es grave falta a la ética que un Director  permita, guarde silencio , se mantenga inerte , estimule o promueva aunque sea de bajo perfil, que por intereses inconfesables, Directivos saboteen la labor y deshonren la imagen de otros Directivos y/o Jefes Regionales, humillándolos , menospreciándolos. Para que quienes si están haciendo las cosas bien, desistan y abandonen su aporte a la Patria desde su trinchera de lucha. No es ético que un Director cuyos intereses no son precisamente la conciencia UNES ni que tienen por norte justamente la educación, ni el desempeño ético, ni la formación en valores, faculte a Directores, Coordinadores, Jefes Regionales o a otros funcionarios acólitos a promover  el desprecio e irrespeto, la ignominia, la burla, la desautorización y el escarnio injusto para  quienes si están trabajando en función de los intereses UNES. Es lastimoso que un Director llegue a tener secuaces en vez de colaboradores y gente ganada a hacer un trabajo educativo y formativo en buena lid. Hay silencios cómplices, alcahueterías que dejan al descubierto el juego sucio y esas son señales que algo se oculta y que no se quieren o no se están haciendo las cosas ni correctas ni éticamente deseables.

La circunstancia por la cual el Director permita que uno o alguno de sus Directores por sus propios actos o a través de otros funcionarios, humille, menosprecie, se mofe y /o desafié la autoridad que institucionalmente estos funcionarios agraviados detentan,  es una señal que dispara todas las alarmas señalando que la ética está siendo pisoteada. 

 

Prohibido precarizar el CEFO para incrementar el patrimonio personal.-  Es deber ineludible del Director garantizar que todos los recursos incluyendo el talento humano,  bienes, servicios y cualesquiera otras dotaciones de distinta naturaleza que ingresen al CEFO y para el CEFO, se queden y sean aprovechados en el centro de Formación. De suyo es inherente a la ética del Director procurarle al CEFO talento humano idóneo, de reconocida moralidad y  ética,  por lo que no habrá de despreciar lo mejor por lo peor. No es ético rechazar a la gente honorable y decente para hacerse de gente mañosa que es conocida por tramposa y corrupta, mientras  el Director se hace el desentendido. En ello debe igualmente cerciorarse de la reputación del aspirante y del que ya está en el ejercicio del cargo, incluso constatando que no posea historial policial en lo que es crucial no colocarlo en puestos clave donde sea dubitativa su esencia, que es uno de los elementos que no permiten el ingreso, ni el egreso como graduado a los estudiantes. Hay mucha gente talentosa y con respetables curriculum Vitae que desea ingresar a esta Alma Mater y en vez de ser valorados son separados de toda posibilidad, disuadiéndolos de muchas maneras innobles. Por otra parte, además de velar  por la protección y la posesión de los bienes que ya tiene el CEFO, para que no sean sustraídos; el CEFO recibe dotaciones de bienes de distintas formas lícitas y maneras legales, en tal sentido el Director debe asegurase y ser garante de que esos recursos materiales sean ingresados en el CEFO en su totalidad, con descripción pormenorizada de ellos para lo cual tiene funcionarios al efecto. Pero lo que aquí se desea puntualizar es que no deben extraviar esos bienes para incrementar el patrimonio personal del Director ni de ningún secuaz o camarilla en detrimento y precariedad del CEFO.

Los Centros de Formación no son Moteles.- Es obligación ética y legal del Director velar porque el recinto universitario sea respetado y mantenga la dignidad propia como la Alma Mater, y por tanto debe ser celoso guardián de que a sus espacios se les de la utilidad y el destino para los cuales fueron creados. En tal sentido el Director  debe ser supervigilante de que  los espacios y estructuras de los Centros de Formación, no sean utilizados como habitaciones de moteles. Ni la oficina de Dirección, ni la oficina de subdirección, ni ningún ambiente ni espacio del centro de formación deberán ser mancillados y estigmatizados con semejantes adjetivaciones.

Prohibido comercializar con el combustible subsidiado.- El desempeño  y la conducta del Director UNES deben ser congruentes con la moral que debe caracterizar a toda la Alma Mater. La ética UNES  deber ser el halo que deslumbre para bien a la sociedad por la conciencia de los hombres y mujeres que lucen el estandarte de esta casa de estudios, en sus uniformes, en sus carnets de identificación, etc.  Que aun cuando no lo exhiban exteriormente visible por sus siglas o sus signos distintivos, lo llevan o deberían llevarlo igualmente  en el interior de cada uno por pertenecer a esta corporación educativa y que donde se pare, donde se encuentre, donde se ponga de pie un personal UNES, es UNES, es la representación toda de esta Alma Mater.  Dicho de otro modo la conducta reflejada por cada individuo, por cada persona intramuros o extramuros es y sea la Universidad Experimental de la Seguridad y su comportamiento debe ser consuno como un hombre o una mujer decentes, decorosos, honorables y con el corazón henchido de pertenecer a este legado de gloria y de honor. Lo explanado aquí es aplicable a todo el talento humano unes , al personal directivo, administrativo, docente , obreros y no solo se contrae exclusivamente  para la situación que del combustible se refiere en este acápite, sino que debe formar parte de la conciencia UNES, de su moral y de su ética ; y es extensivo a sus estudiantes.

Que cuando alguien señale a un personal UNES, lo señale para referencias buenas, para decir de este personal y de su universidad vicisitudes virtuosas y sienta orgullo patrio y ciudadano. Que UNES marque la diferencia en la opinión pública, por su prestigio y su buen nombre.

De modo que, quienes deben ser ejemplo de buenos ciudadanos, no nos dejen pasmados por toda la malicia y la desfachatez con que pudieran asumir conductas violatorias de la ley,  antiéticas  y que desprestigian a la UNES. Cuando  por su origen institucional deben comportarse al menos como modelos de corrección ciudadana,  por lo que de ellos se espera. Y no que entre otras cosas siempre busquen la rendija para violentar el ordenamiento jurídico y burlarse de los ciudadanos decentes, comprando por ejemplo gasolina subsidiada y vendiéndola en dólares,  aprovechándose de sus distintivos y emblemas  desprestigiando el honor de la corporación que representan y peor importándoles  un pito enlodar el buen nombre de un legado de prestigio y de gloria.

Por lo que, durante todo el tiempo de vigencia que el gobierno nacional mantenga subsidiados los precios de los combustibles u otros productos de esta industria , es violatorio de las leyes  y de la ética UNES; que el Director por si, o a través de su personal, se las ingenie para surtir de combustible o gasolina subsidiada a la flota de vehículos de su CEFO en estaciones que le prestan el apoyo por tratarse de un organismo del estado y luego la venda en dólares en el mercado negro para lucrase personalmente. Hay quienes con un caradurísmo escandaloso lo hacen y en ello la ciudadanía se siente embaucada, no representada en la UNES, reflejando una imagen que no es de honor ni de gloria. Y entonces la ciudadanía pierde la admiración por esta Alma Mater y por sus representantes, que son la imagen visible de ella. 

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Código de Ética del Director UNES

«No hay moral institucional cuando una autoridad exige lo que no tiene como virtud»

«La tranquilidad ética es una conciencia de hombres y mujeres superiores»

«Algo sobresalta la compostura, cuando hay que llamar al orden, a la ética y a la moralidad»

 

Dr. Crisanto Gregorio León.

Ex-Consultor Jurídico del Centro de Formación Zulia.

Universidad Nacional Experimental de la Seguridad.

 

Código de Ética del Director UNES

 

Preámbulo

Son propósitos del Código de Ética que debe regir la gestión del Director UNES;  enunciar los principios que exigen de las  actitudes y conductas de la máxima autoridad del Centro de Formación y demás autoridades que se expresan ; los elevados  fines policiales , educativos , humanísticos, morales, científicos y técnicos; prescribiendo un  conjunto de normas éticas, para evitar comprometer el honor y la probidad de la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad, así como eludir mancillar la imagen intramuros y extramuros  de cada uno de sus centros locales.  Estas normas de ética no excluyen otras no enunciadas, pero que surgen del digno y correcto comportamiento que se espera del Director y demás autoridades. No debe interpretarse que este Código admite lo que no prohíbe expresamente.  Es axiológicamente deplorable y éticamente censurable que para evadir la filosofía y el propósito que inspiran este código, pretendan sus destinatarios, escabullirse por fisuras sobre situaciones no contempladas expresamente aquí como  violaciones de lo que se quiere salvaguardar con este cuerpo normativo, empero que a todas luces envuelven un comportamiento deleznable y éticamente reprochable.

Capítulo I

Disposiciones generales

 

Artículo 1.-   El ejemplo debe entrar por casa. - Las normas contenidas en este Código, serán de obligatorio cumplimiento para  Decanos , Directores,  Subdirectores, Coordinadores, Directivos, Jefes de Región y demás autoridades  de los Centros de Formación, Jefes de Academias y Monitores u Oficiales de Planta; así como para todo funcionario de alto nivel de la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad o del Rectorado;  cuyos actos y conductas exigen especial idoneidad moral ,  honestidad e integridad como garantías de la imagen virtuosa que debe ser insignia de esta Casa de Estudios Superiores que forma a los garantes del cumplimiento de la leyes y de la  protección ciudadana.   Esto es extensible y aplicable a todo funcionario que se encuentre en la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad en comisión de servicios. Y a los efectos de este Código, cuando solamente se mencione la palabra Director o Dirección, se debe entender extensivo a las demás personas y autoridades mencionadas en este artículo cuando en función de sus cargos, obligaciones y competencias les fueren aplicables. 

Capítulo II

De las Coordinaciones

Artículo 2.- La Coordinación de Control de Estudios y La Coordinación Académica.- Además del compromiso ético, los Coordinadores y el Director, tienen responsabilidad solidaria penal, civil y administrativa respecto del desempeño de estas oficinas, debiendo guardar especial cuidado  de que estas Coordinaciones no se constituyan en focos corrupción, dada las sensibles y estratégicas funciones y tareas que llevan a cabo.

 

Artículo 3.- La Coordinación Administrativa.- Es contrario a la ética y está prohibido  para el Director destinar los recursos de cualquier índole de esta coordinación y de sus unidades adscritas para usufructo personal.

Artículo 4.- Los Servicios Médicos.- La dotación médica y los insumos médicos, son de servicios médicos, para el personal UNES y para los estudiantes.  Ninguna dotación ni ninguna donación que se haga al CEFO para los servicios Médicos puede ser objeto de adueñamiento por parte del Director. La responsabilidad penal y ética es solidaria del Director y del Jefe de Servicios Médicos.

 

 

 

 

Capítulo III

Regulaciones estudiantiles

 

Artículo 5.- Quien no es estudiante activo no se  gradúa.- Estar inscrito no es garantía de ser estudiante activo sino cumple con los deberes inherentes a ese estatus.  Es deber ineludible para el Director cerciorarse de que solo se gradúen personas que cumplan con todas y cada una de las obligaciones que implican o envuelven ser un estudiante. Está prohibido cobrar en dinero, en especie, en favores sexuales y en cualesquiera otras formas inusuales, aunque no estén previstas aquí;  para alcahuetearles y permitirles a los estudiantes evadirse de sus asistencias obligatorias a clases, de sus estudios  presenciales o a distancia y/o de no presentar o exonerarse de  evaluaciones  o a cualquier actividad programada,  o a los eventos convocados por las autoridades competentes de la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad. 

 

Artículo 6.- Residencia obligada del estudiante UNES.- El Director es responsable penal, civil, administrativamente y desde el punto de vista ético de que nadie que se encuentre físicamente fuera del territorio venezolano, salvo convenios internacionales , funja o aparezca  como estudiante o discente en la UNES y eso incluye a los participantes de PNFA SC.  Nadie puede obtener ningún curso, ni credencial, ni diplomados, ni ningún título académico o cartón académico UNES,  sino se encuentra físicamente dentro de  las circunscripciones territoriales a las cuales están adscritos los CEFOS.

 

Artículo 7.- Prohibición de exigir cursos previos en empresas privadas como garantía de cupo.- Está prohibido exigir y garantizar cupos para estudiar en la UNES, si el aspirante adquiere previamente de alguna empresa privada paralela, una formación con similares características a las forjadas en la UNES.

 

Artículo 8.- La ética de las intenciones.- Durante el proceso de formación intramuros o extramuros, están prohibidos y proscritos, todos los tocamientos y acercamientos,  extraños y de reprochable intención a los estudiantes sea cual sea su género, salvo aquellos que no sean del tipo descrito pero necesarios  en las asignaturas o unidades curriculares: Educación Física, Deporte y Recreación,  Uso prolongado y Diferenciado de la Fuerza y Uso de la Fuerza Potencialmente Mortal.   El Director es responsable del estricto cumplimiento de esta norma, para ello mantendrá monitoreo constante, charlas y conversaciones públicas regulares u ocasionales con el personal y con los estudiantes.

Artículo 9.- De los procedimientos disciplinarios.-  Es violatorio de la ética UNES, ralentizar los procesos y procedimientos disciplinarios sin justa causa. También está prohibido amenazar a los estudiantes con abrirles procedimientos administrativos sancionatorios cuando no hay justa causa.

 

Artículo 10.- Respeto a los Derechos Humanos.- Es contrario a la ética hacer uso de la condición de Director para minimizar a los empleados y funcionarios , so pretexto de ser la máxima autoridad del CEFO , siendo esta actitud violatoria de los derechos humanos , además de una violación constitucional y legal . 

 

 

Capítulo IV

De las  dotaciones del CEFO y  de su patrimonio.

 

Artículo 11.- La comida es del CEFO.- Está prohibido desviar las provisiones de alimentos dirigidas al CEFO para su personal o para los estudiantes y darle destinos desconocidos. Está prohibido menguar la comida,  la alimentación, provisiones y otros insumos de consumo humano,  de los estudiantes y del personal UNES con la finalidad de racionarlos arbitrariamente.

Artículo 12.- Las donaciones son para el CEFO.- El Director es responsable legal y ético, de las donaciones y de cualesquiera otros bienes y servicios destinados al CEFO. Por eso debe velar como buen padre de familia para que estos recursos no se extravíen de ningún modo. Está prohibido aceptar donaciones de cualquier tipo con la excusa de ser para el CEFO y que no se queden en el CEFO.

Artículo 13.- Los aranceles son de FUNDAUNES.- Está prohibido  cobrar en dinero, en especie, en favores sexuales y en cualesquiera otras formas inusuales, aunque no estén previstas aquí;  por cupos para ingresar a estudiar a la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad; por preservar o garantizar cupos o el mantenimiento de la condición de estudiante estando inasistente o para reingresar, por indagar sobre el estatus académico de algún aspirante o nuevo ingreso,  para obtener, títulos, diplomas, cursos y cualquier otra certificación educativa o académica . El Director es el responsable legal y ético de que estos fenómenos de corruptela no se presenten y de seleccionar el personal de comprobada moralidad e idoneidad para evitarlos y desarraigarlos del CEFO. Todo pago que deba legalmente hacer un estudiante se denomina arancel y deberá ser enterado en la cuenta bancaria de FUNDAUNES.

 

 

 

 

 

Capítulo V

Cualidades éticas  e incompatibilidades

 

Artículo 14.-  Remoción del cargo al infiltrado. No es el émulo idóneo.-  Ningún funcionario que registre historial policial puede ocupar el cargo de Director o de Directivo del CEFO, ni de autoridad alguna. Y si ello se llegara a descubrir con posterioridad a la asunción del cargo, entonces deberá ser removido inmediatamente.

Artículo 15.- Como un buen padre de familia.-  El Director debe comportarse con corrección y no dar señales de anti líder.  Por tal virtud, el desempeño del Director debe ser coherente, con los valores y principios éticos y académicos que se anhelan de los estudiantes de la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad. El Director UNES y el resto de las autoridades deben ser la imagen de un buen padre de familia. Formar con el ejemplo y con corrección ética.

Artículo 16.- La tranquilidad ética es una conciencia de hombres y mujeres superiores.- El funcionario que tenga ascendencia jerárquica y autoridad sobre otras autoridades del CEFO, o que  sean «primus inter pares», además de compañeros de trabajo,  así no sean estas académicas o docentes, no se encuentra en condiciones éticas para cursar y recibir  estudios en la UNES. En tal sentido, se exhorta a la conciencia ética de los empleados en funciones directivas o jefaturas regionales quienes cursan o deseen cursar estudios y obtener titulaciones en la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad a renunciar a los cargos de autoridad que ostentan, cuando mayormente el deseo es de estudiar y no de aprovecharse de su jerarquía habiendo un desarraigo moral subyacente.

Artículo 17.- La piña y el equipo. Deben prevalecer los intereses de la conciencia UNES.  La estrategia gerencial es hacer piña entre los directores y jefes regionales para lograr los propósitos sublimes del CEFO.  El Director  debe ser un hombre ganado a hacer prevalecer por encima de sus intereses particulares, los intereses propios de la conciencia UNES. Aceptar el cargo de Director teniendo en mira otras perspectivas distintas a las consagradas en la misión, visión y propósito de creación de la Universidad Nacional Experimental de la seguridad es un contrasentido y una aberración, que impedirá o anulará el sano y coherente ejercicio de sus funciones.  

Capítulo VI

En provecho de la conciencia UNES

 

Artículo 18.- No sabotear la sala situacional.- El funcionario de sala situacional debe estar comprometido con la conciencia UNES y desarrollar su actividad conforme los intereses de la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad y no para favorecer ninguna persona en particular. Los informes presentados por los encargados de la sala situacional deben ser objetivos y trasmitir la información de los hechos tal cual se han producido, sin mutilar detalles ni excluir involucrados. Es obligación del Director favorecer el desempeño autónomo del funcionario de sala situacional.

Capítulo VII

Del Consejo Directivo y perfil del Director

 

Artículo 19.- Agenda prohibida para el Consejo Directivo.- Está prohibido someter a la aprobación del Consejo Directivo o Directorio situaciones manifiestamente inconstitucionales,  ilegales o contrarias a la ética, o en desobediencia flagrante  a directrices u órdenes emanadas del Rector y demás autoridades universitarias. El Consejo Directivo, no debe ser un altar ni un santuario para la auto exaltación de la imagen personal del Director.

Artículo 20.- Respeto a los Derechos Humanos.- Es contrario a la ética hacer uso de la condición de Director para minimizar a los empleados y funcionarios , so pretexto de ser la máxima autoridad del CEFO , siendo violatorio de los derechos humanos , además de una violación constitucional y legal .  

 

Artículo 21.- Prohibición del maltrato psicológico.- Está prohibido que el  Director aplique, ejecute y experimente en el personal unes y en los estudiantes, técnicas psicológicas oscuras de dominación, o  maltrato o acoso psicológico.

 

Artículo 22.-  Proscripción de los disvalores o antivalores.- El Director debe ser el primer y más claro ejemplo de valores éticos, el reflejo y proyección de una persona justa y sana.

 

Artículo 23.-   Un Director inestable e impulsivo.-  Entre otras características deontológicas exigibles al Director UNES, es que en el ejercicio de sus funciones evite extralimitaciones, impulsividad  y la pérdida  del propio control emocional y de carácter. El Director debe guardar compostura, debe ser una persona estable.

 

Artículo 24.- Autenticidad.- El único verdadero propósito que debe permanecer en el Director es  mantener en equilibrio y armonía la conciencia UNES para catapultar su CEFO  a estándares de optimización éticas, para el ingreso de gente ganada a servir a la patria y de egresar funcionarios que hayan asimilado sus estudios con honestidad e integridad. El trato cortés,  educado  y diáfano sin dobleces debe ser característico del perfil del Director UNES.

 

Artículo 25 .- El respeto mutuo y la circunspección.- No es ético que un Director faculte e impulse a Directores, Coordinadores, Jefes Regionales o a otros funcionarios acólitos a promover  el desprecio e irrespeto, la ignominia, la burla, la desautorización y el escarnio injusto para  quienes  están trabajando en función de los intereses UNES.

 

Capítulo VIII

De la infraestructura del CEFO

 

Articulo 26 .- Prohibido precarizar el CEFO.-  Es deber ineludible del Director garantizar que todos los recursos incluyendo el talento humano,  bienes, servicios y cualesquiera otras dotaciones de distinta naturaleza que vayan al CEFO no se desvíen e ingresen efectivamente al CEFO y para el CEFO y se queden y sean aprovechados en el centro de Formación.

 

Artículo 27.- Los Centros de formación no son moteles.- Es obligación ética y legal del Director velar porque el recinto universitario sea respetado y mantenga la dignidad propia de Alma Mater, y por tanto debe ser celoso guardián de que a sus espacios se les de la utilidad y el destino para los cuales fueron creados.

Artículo 28.- Deberes connaturales al cargo.- Son deberes imperativos de los Directores y demás funcionarios señalados en este Código desarrollar sus competencias y tareas con probidad, honradez,  integridad  decencia y estrictamente ajustados a la ética. Además deben poner todas sus habilidades,  destrezas y talentos, para alcanzar los fines y objetivos de la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad así como su visión, misión y propósito de creación.

Disposición transitoria

Artículo 29.- Prohibido comercializar con el combustible subsidiado.- Durante todo el tiempo de vigencia que el gobierno nacional mantenga subsidiados los precios de los combustibles u otros productos de esta industria, es violatorio de las leyes  y de la ética UNES; que el Director por si, por intermedio de terceras personas , o a través de su personal, se las ingenie para surtir de combustible o gasolina subsidiada a la flota de vehículos de su CEFO y luego la venda en dólares en el mercado negro para lucrase personalmente.

Disposiciones Finales

Artículo 30.- Las acciones para exigir la responsabilidad ética de los funcionarios a que se contrae este Código no prescriben y deberán interponerse ante el Comité que conoce de los recursos de apelaciones de los estudiantes, adoptando sus lapsos y procedimientos.

Por lo especial del procedimiento y con el ánimo de que no sea burlada la ética, ni queden impunes los autores, habida cuenta de la distancia a la ciudad capital,  se permite interponer la denuncia o la acusación  además de las formas regulares también vía correo electrónico.

 

Artículo 31.-Quienes sean hallados responsables por la violación de este Código de ética serán destituidos o removidos de sus cargos y en caso de que ya no estuvieren en ellos se les inhabilitará para el ejercicio de otros destinos públicos y en todo caso no podrán ingresar ni permanecer en esta Universidad Nacional experimental de la Seguridad.

 

Artículo 32.- Las normas de este Código solo pueden ser modificadas por el Consejo Universitario de la Universidad Nacional Experimental dela Seguridad.

Artículo 33.- Entrada en vigencia, en la fecha de su publicación o en la fecha que se indique en el órgano de divulgación y publicación de la UNES.  Una vez aprobado por el Consejo Universitario este Código entra en vigencia el día hábil siguiente a su correspondiente publicación . 

 

 

 

 





viernes, 17 de diciembre de 2021

La injusticia y la maldad son arteras.

 

Dr. Crisanto Gregorio León

 

 

Ningún vencido tiene justicia si lo ha de juzgar su vencedor. Francisco de Quevedo

 

¿Justificas al impío y condenas al justo?

                El hombre no temeroso de Dios, aun sabiendo toda la injusticia que se está cometiendo, prefiere decir, que no tenía conocimiento, que no sabía nada  de lo que estaba pasando y en ese escudo de engaño  al argüir que no sabía nada, e igual nada hace para arreglar las cosas e igual no toma las medidas justas y con su desentendimiento consciente  mantiene y fortalece la injusticia. Pero Dios lo está observando.  

Hazme justicia, oh Dios, y defiende mi causa…; líbrame del hombre engañoso e injusto. Salmos 43:1.  La justicia de un hombre justo y la justicia de un hombre injusto se recrean en la ética de sus intenciones.

Cuando un hombre injusto hace una justicia justa, con esa justicia justa está buscando beneficios injustos e inmerecidos, porque las maquinaciones de un hombre injusto no son limpias, no son puras ni son justas, porque son injusticias.

Luego de poner las cosas en manos de Dios,  el hombre justo, sintió en su mente y en su corazón que debía hablar con quien tiene ascendencia sobre el hombre injusto ya que el hombre injusto se mantenía en su injusticia y respondía con injusticias y situaciones injustas para perjudicar al hombre justo  quien acudía buscando  justicia ante un hombre que aparentaba ser justo , pero era injusto y  su justicia era injusta, porque no era justicia sino retaliación hacia el hombre justo que le hablaba con verdad.  

Sabiendo que para Dios es una delicia,  cuando el hombre hace de su justicia la justicia de Dios y no la justicia de un hombre injusto, porque  Justo es el hombre que basa sus decisiones en oración con Dios y no en entrega a sus instintos injustos.  El hombre es justo, cuando en sus manos está el momento, el sitio y las circunstancias para hacer justicia, entonces hace justicia en comunión con Dios y no en connivencia con el hombre injusto y perverso, porque esa justicia entonces no sería justicia, sino injusticia. Porque mal puede obtenerse de  un hombre cuyas andanzas en el mundo de la injusticia un brotar de sí de un acto justo en puridad. Y si un hombre injusto hace una justicia porque esa es la respuesta que todos esperan, esa justicia tiene un trasfondo para obtener o esconder  cosas injustas que le traerán beneficios que no serán espirituales, sino réditos mal habidos. La justicia justa  debe ser pura, limpia y espontánea.

El hombre justo es amado por Dios y no se deja influenciar  de otro hombre que es injusto para mantener apocado a su prójimo y vengarse en sus miserias de un hombre justo.  El hombre justo cuida de su alma, porque ella será juzgada por Dios. No se alegre el hombre injusto porque está maltratando y fastidiando a su hermano a su prójimo porque peores serán las laceraciones de su alma en el infierno por toda la eternidad. 

Hay quienes son justos al momento de hacer justicia, porque su justicia no está teñida por la maldad. Pero hay quien  aprovechándose de su circunstancial momento y efímero de poder, hace injusticias y permite que otros sigan cometiendo injusticias, pudiendo evitarlas u ordenar que no se sigan cometiendo.   

Cuantos irán a la presencia de las llamas del infierno, porque nadie piensa en sus almas , sino en su circunstancial momento de poder terrenal y solo saben administrar justicias injustas , por amiguismos e intereses inconfesables y prefieren hacer abstracción de la existencia de Dios para ejecutar su justicia injusta que no es justicia porque no es justa y porque su terquedad , su ego y sus ínfulas humanas no le permitieron ser justos sino por el contrario en silencio maquinaron como despojar a otros de su tranquilidad espiritual , de sus derechos y  de tantas otras cosas; porque más pudo su soberbia y su encabritamiento que mirarse en lo pequeño que son en comparación con el universo y prefieren obrar mal que hacer justicia justa , porque conciben otra justicia y es esa justicia que les permiten ser vengativos porque sus estampas ya son conocidas por todos.  Pero el cielo te está mirando y te llegará el momento de ser juzgado. 

Hay quienes se creen justos y se la dan de justos y hacen esperar a su prójimo una respuesta o una decisión justa, que ya han planeado nunca emitir;  porque aun cuando de la boca para afuera dicen que serán justos y pudiendo arreglar las cosas, se quedan callados y en silencios injustos en lo que permiten que otro hombre injusto siga cometiendo injusticias sobre el prójimo que creyendo en él en quien acudió buscando justicia justa , le ha elevado la queja que está siendo objeto de injusticias por ser amigo ,  su familiar ,  su empleado o por ser su subordinado y aquel a quien le ha llegado la queja no hace nada para que se haga justicia y permite el desgaste y el transcurrir del tiempo de quien ha creído en él cómo un hombre justo. Por eso los hombres buenos, deben aprovechar ese momento cuando su prójimo les pide justicia porque les están dando la oportunidad ante el creador del universo, de demostrar,  ser  hombres justos y hacer justicia y no maldad,  

No eres justo, cuando permites injusticias, no eres justo cuando por mantener un estado de cosas injustas te haces el desentendido y miras para otra parte así con ello estés cometiendo injusticias en contra de un cristiano, en contra de un siervo de Dios, de tu prójimo.   Así hará contigo el Señor de los cielos cuando le pidas justicia. Mirará para otro lado, se desentenderá de ti. Tal vez hasta encuentres en tu justicia humana una justicia tan parecida a la tuya cuando te llegue el momento de pedir justicia a Dios, al morir…

Cuando entre hombres injustos se tapan sus injusticias y dejan correr el tiempo para que las cosas se desenvuelvan con la injusticia que ellos planificaron.  Entonces comerán de su justicia si en ese plan entre amigos injustos se permiten  cometer injusticias contra un siervo de Dios.

Una justicia combinada con aderezos injustos, no es justicia. Cuántas injusticias cometen los hombres en contra de un siervo de Dios, de su prójimo,  por ejemplo cuando habiendo recibido de un hombre justo, las noticias de las injusticias a las que está siendo sometido porque sabe que tiene el poder de corregirlas y ser justo; entonces lo traiciona y en vez de corregirlas en justicia, se las pormenoriza al otro hombre injusto para que continúe teniendo fortaleza su injusticia y pueda injustamente seguir pisoteando al hombre justo.  Nada bueno se puede esperar de los hombres injustos, pero la justicia divina llegará a su tiempo.

El que justifica al impío, y el que condena al justo, ambos son igualmente abominación al Señor.  Proverbios 17:15. Cuida tu alma, nadie se burla de Dios.

Todo esto me ha dicho el Señor Jesús. 

Si practicas la equidad, aunque mueras no perecerás. Lao Tsé

 

crisantogleon@gmail.com

Profesor Universitario/Abogado/Periodista/Psicólogo/Escritor.